El Gobierno flexibiliza el régimen de la marina mercante
El gobierno nacional aprobó un nuevo Régimen de Excepción para la Marina Mercante Nacional. Y asimismo declaró como servicio esencial a la navegación marítima y fluvial con fines comerciales. Lo hizo a través del decreto 340/2025, que se publicó hoy en el Boletín Oficial. Abriendo así paso a una profunda desregulación del sector.
Entre las principales medidas, se destaca la posibilidad de otorgar trato de matrícula nacional a buques extranjeros. Así como la habilitación para que los armadores locales puedan solicitar el cese provisorio de la bandera argentina de sus embarcaciones. Y registrarlas en países con condiciones más favorables para operar.
El nuevo Régimen de la Marina Mercante se inscribe dentro de un esquema de reformas con orientación a liberar el funcionamiento del mercado. Con el objetivo –según el texto oficial– de “profundizar la libertad de mercados”. Como también promover la “reactivación económica” mediante la simplificación regulatoria y la eliminación de trabas normativas. Como argumenta el decreto, éstas generan “sobrecostos que afectan la cadena logística”, especialmente en las economías regionales.
Por su parte, las bolsas de cereales de Bahía Blanca; Buenos Aires, Córdoba y Entre Ríos. Y las de comercio de Chaco; Rosario y Santa Fe. celebraron la decisión del Gobierno. “Es una medida largamente esperada por el arco productivo, que pone en valor el transporte interno de mercaderías. Así como también mejora la logística y reduce costos, especialmente para las regiones más alejadas de los centros de consumo o exportación”.
“Destacamos el trabajo de todos los actores que impulsaron esta iniciativa, en especial el equipo de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación, que encabeza Iñaki Arreseygor. Desde las bolsas reafirmamos nuestro compromiso con una logística moderna, competitiva y federal, al servicio del desarrollo económico del país”.
El decreto también establece que la navegación por agua, tanto marítima como fluvial, destinada al transporte de personas, mercaderías y carga, se considerará un servicio esencial. Esto implica que, en situaciones de conflicto o emergencia, no podrá reducirse la prestación normal del servicio por debajo del 75% para servicios sanitarios u hospitalarios. Para actividades de “importancia trascendental”, como la industria alimenticia, ese umbral será del 50%.
Otra de las modificaciones relevantes es la flexibilización en los requisitos de contratación de personal. Y la eliminación de barreras burocráticas para operar. Con el fin de “mejorar la competitividad” y atraer inversiones en el sector.
Además, el nuevo régimen habilita a los operadores locales a realizar cabotaje bajo otras banderas de conveniencia. Y contratar así personal conforme a la legislación laboral del país de la nueva bandera.
Esta serie de medidas marca un giro significativo en la política de transporte marítimo y fluvial del país. Hasta ahora protegía el uso exclusivo de bandera nacional para ciertas rutas y exigía regulaciones estrictas para la operación de buques y contratación de tripulación.

