CABA y Santa Fe compensan saldos a favor de IIBB

CABA y Santa Fe compensan saldos a favor de IIBB

En un escenario en donde la inmovilización de saldos a favor fiscales preocupa a los contribuyentes, la ciudad de Buenos Aires (CABA) y la provincia de Santa Fe, por medio de los organismos AGIP y API, respectivamente, dan un paso en pos de solucionar esta problemática. Al firmar el primer acuerdo de compensación y devolución de saldos a favor entre ambas jurisdicciones.

El convenio se suscribió esta semana en la Federación Argentina de Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce). Lo hicieron Germán Krivocapich, administrador gubernamental de Ingresos Públicos de CABA, y Daniela Bosco, administradora provincial de Impuestos de Santa Fe. Así las partes acordaron implementar un procedimiento para la imputación recíproca de los saldos a favor del impuesto sobre los Ingresos Brutos declarados por un contribuyente. Y autorizados en una jurisdicción, con las obligaciones tributarias derivadas de dicho tributo en la otra.

De este modo, un contribuyente que tenga un saldo a favor reconocido en una de las dos jurisdicciones podrá imputarlos al pago de deudas del mismo impuesto en la otra, y viceversa.  El nuevo procedimiento se destinará a los contribuyentes del Régimen de Convenio Multilateral que desarrollen actividades en forma conjunta en CABA y en Santa Fe.

En la actualidad, y si bien las características son disímiles, el Protocolo Adicional del Convenio Multilateral resulta de escasa utilización. Apunta más a compensaciones en cuanto a determinaciones del fisco por fiscalizaciones en favor de una jurisdicción y detrimento de otra. El mismo establecía una suerte de “aceptación” del fisco acreedor del tributo abonado en exceso por parte del contribuyente. Pudiendo este último solicitar la repetición de dichas sumas. Vale decir, debía pagar en la provincia deudora, y solicitar repetición en la acreedora. Con lo cual aun estando vigente no se asimila al acuerdo firmado entre AGIP y API, mucho más beneficioso.

Desde ya, resta esperar la publicación de las normativas que reglamenten y pongan en papel lo acordado por las partes. A efectos de analizar los requisitos y la “letra chica” del régimen. Sin embargo, se festeja el avance, y la recepción por parte del resto de las provincias a mecanismos similares.

Por Claudia Pose, socia de Impuestos de BDO en Argentina

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